Límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)

Impuesto Selectivo al Consumo

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 000319-2025/SUNAT

SUNAT aprueba nuevos porcentajes para la devolución del ISC – Tercer trimestre 2025

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) emitió la Resolución de Superintendencia N.º 000319-2025/SUNAT, publicada el 21 de octubre de 2025, mediante la cual aprueba los porcentajes requeridos para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) aplicables a las adquisiciones de combustible realizadas durante los meses de julio, agosto y setiembre de 2025.

Este beneficio, establecido en el Decreto de Urgencia N.º 012-2019 y la Ley N.º 31647, permite a los transportistas de carga y transporte terrestre regular de personas solicitar la devolución del 70% del ISC incluido en el precio del diésel B5 y B20 con bajo contenido de azufre, adquirido con comprobante electrónico hasta el 31 de diciembre de 2025.

🔹 Porcentajes aprobados
Mes Porcentaje de participación del ISC
Julio 2025                12.62 %
Agosto 2025            13.13 %
Setiembre 2025       13.12 %

Estos valores permiten determinar el límite máximo de devolución aplicable a las solicitudes que presenten los transportistas por el tercer trimestre del año 2025.

Vigencia: 22.10.25
Puedes revisar la norma legal, en el siguiente link: https://bit.ly/4gYiBYg

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