Reglamento de la LEY N° 31572 – Ley de teletrabajo

26  de febrero  2023

Con fecha 26 de febrero de 2023 se ha publicado el Reglamento de la Ley N° 31572 – Ley de Teletrabajo en la edición extraordinario del Diario Oficial “El Peruano”.
Las principales modificaciones en materia laboral son las siguientes:
Aplicación
• Trabajadores que presten servicio bajo la modalidad de teletrabajo.
Reversibilidad y cambio de modalidad
• El teletrabajo puede acordarse al inicio de la relación laboral o posteriormente.
• La variación de la modalidad presencial a teletrabajo y viceversa s voluntaria y por acuerdo de las partes.
• El trabajador puede solicitar el cambio de modalidad para teletrabajar o retornar a la presencialidad. El empleador debe responder en el plazo de 10 días hábiles. Si el empleador deniega tal solicitud, esta debe tener los fundamentos de la decisión. De no haber respuesta por parte del empleador se entiende como aprobada la solicitud del trabajador.
Teletrabajo dentro y fuera del territorio
• La aplicación del teletrabajo puede ser en territorio nacional o fuera de este.
• La aplicación del teletrabajo cuando se trate de trabajadores extranjeros no exime el cumplimiento de las normas migratorias y laborales correspondientes.