Fijan la asignación familiar para los trabajadores de la actividad privada, cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva

01  de marzo  2023

Con fecha 01 de marzo de 2023 se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo N° 003-2023-TR, que modifica el Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo Nº 035-90-TR que “Fija la Asignación Familiar para los trabajadores de la actividad privada, cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva.”
La modificación es la siguiente:
Medidas:
• Ahora, la norma adiciona que los trabajadores tienen derecho a percibir la asignación familiar cuando tengan uno o más hijos mayores de 18 años con discapacidad severa, la cual debe estar certificada por la Autoridad Nacional de Salud, salvo que perciban la Pensión No Contributiva por Discapacidad Severa establecida por la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.
• Sin perjuicio de ello, se mantiene el derecho a los trabajadores de percibir una asignación familiar hasta que los hijos cumplan 18 años, salvo que estos se encuentren efectuando estudios superiores o universitarios, en cuyo caso se extiende el beneficio hasta la culminación de los mismos, por un máximo de seis años posteriores al cumplimiento de dicha mayoría de edad.

I am raw html block.
Click edit button to change this html