Ley que optimiza el recurso de casación en la nueva ley procesal del trabajo
26 de febrero 2023
El día de hoy, 01/03/2023 , se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Ley N.° 31699,
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Algunos puntos a resaltar:
El monto establecido en la sentencia de segunda instancia debe superar las 500 URP (cada URP es equivalente al 10% de la UIT), es decir S/ 247,500.00 (Doscientos cuarenta y siete mil quinientos con 00/100 soles).
En caso el abogado/a no asista a la audiencia de vista de causa ante la Corte Suprema se declarará improcedente el recurso de casación.
De existir sentencia de segunda instancia que confirma la de primera, se declarará improcedente el recurso de Casación.
La Corte Suprema podrá declarar procedentes aquellos casos que le permitan el desarrollo de una doctrina jurisprudencial.